• Las Túnicas

    CAPITULO II: DE LAS OBLIGACIONES DE LOS HERMANOS QUE PARTICIPAN EN LA ESTACIÓN DE PENITENCIA

     

    Art. 13.- El Hermano nazareno vestirá correctamente el hábito de la Hermandad, consistente en túnica negra de cola, antifaz morado y cinturón de esparto en su color, debiendo asimismo utilizar calzado y calcetines negros, sin hebillas ni adornos algunos, salvo que prefiera cumplir su penitencia con los pies descalzos.

     

    Art. 14.- Prescindirá necesariamente de guantes, relojes, anillos y joyas en general, salvo la alianza matrimonial. Tampoco usará visiblemente pañuelos ni aumentará su penitencia con excesos de mortificación que trasciendan al exterior.

     

    Art. 15.- La cola de la túnica deberá arrancar desde la misma base de ésta y quedará sujeta a la parte trasera del cinturón de esparto, cayendo el resto de la cola sobre dicho cinturón.