• Carta del Arzobispado

    by  • 5 octubre, 2016 • Últimas Noticias

    La Ley 45/2015 (BOE de 15-10-15), que regula el trabajo de voluntariado, así como la Ley 26/2015 (BOE de 29-7-15) de modificación del sistema de protección a la infancia y adolescencia, obliga a que toda persona que desarrolle habitualmente tareas, tanto profesionalmente como a través de programas de voluntariado, con menores de edad disponga de un certificado negativo del Registro Central de delincuentes sexuales, emitido por el Ministerio de Justicia, teniendo en cuenta que los extranjeros están obligados a aportar, además, un certificado similar expedido por las autoridades de su país de origen.

    Dada la relevante presencia de niños y jóvenes en nuestras hermandades, conviene que en el plazo más breve posible todos aquellos miembros de la Hermandad que participen más activamente en actividades con menores –y especialmente los miembros de la Junta de Gobierno- entreguen en la Secretaría de la Hermandad el certificado citado, que puede obtenerse personalmente en la Gerencia Territorial de Justicia de Sevilla (Pl. de España, Torre Norte, 2ª pl.) o bien de manera agrupada a través de la Hermandad.

    En este segundo supuesto, el solicitante ha de autorizar por escrito en impreso oficial al Hno. Mayor o Secretario de la Hermandad, adjuntando copia del documento de identidad (DNI, pasaporte, NIE) en vigor. Esta copia debe ser sellada con el sello de la Hermandad una vez contrastada con el documento original.

    Los impresos y ficheros pueden descargarse en el siguiente enlace de la página web del Ministerio de Justicia, en el que podrá encontrar más información sobre el procedimiento de tramitación agrupada de solicitudes de certificados: http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/ciudadanos/tramites-gestionespersonales/certificado-delitos

    Descargar carta Certificación trabajo con menores Hdades

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